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El uso de la IA por parte de la Agencia Tributaria sí, pero…

De un tiempo a esta parte, ya sea en telediarios, periódicos o simples programas de entretenimiento, raro es el día en que no aparece una noticia o tertulia relacionada con el uso presente y futuro de la inteligencia artificial (simulación de procesos de inteligencia humana por parte de máquinas y sistemas informáticos), así como con las posibles amenazas inherentes a la misma.

Sin ir más lejos, a principios del mes de mayo, el Parlamento Europeo ha aprobado un texto legislativo, que deberá ser todavía validado por el pleno de la Eurocámara, comenzando después las negociaciones con el Consejo y con la Comisión, para acordar un texto final, al objeto de regular las todavía muy desconocidas posibilidades y riesgos de la inteligencia artificial (IA) y de sus versiones más avanzadas, tanto las ya conocidas como las aún por desarrollar.

Y es que, lo que hace apenas unos años nos resultaba ciencia ficción, ha llegado ya a nuestra vida cotidiana, sin apenas margen para la adaptación, sobre todo para aquellos que nacimos en el siglo XX.

Es inevitable reflexionar sobre el impacto de la inteligencia artificial en nuestras respectivas profesiones girando la cuestión, en el caso particular de los asesores fiscales, no solo en torno a su utilización como medio para optimizar nuestro trabajo o diferenciarlo de la competencia, sino también para interesarnos, conocer e incluso preocuparnos por el uso que de la misma lleva a cabo ese órgano al que a menudo tenemos que enfrentarnos, ya saben, la Agencia Tributaria. En este sentido, todos aquellos agentes que nos relacionamos habitualmente con ella tenemos la sensación de que se encuentra a la vanguardia en tecnología y procesamiento de datos.

Esta sensación se convierte en una certeza comprobando como cuenta con cuatro Centros de Administración y Asistencia Digital Integral (ADIs) distribuidos por España, conformados por cientos de funcionarios de alta cualificación, constituyendo, según sostiene el Gobierno, “uno de los organismos más avanzados en materia de análisis de datos a nivel nacional y europeo”.

En el futuro, se espera que la Agencia Tributaria continúe utilizando la inteligencia artificial y otras tecnologías avanzadas para mejorar su capacidad de control y cumplimiento fiscal. Algunas de las tendencias que se prevén en este sentido incluyen:

  1. Mayor automatización: Se espera que la Agencia Tributaria continúe avanzando hacia una mayor automatización de sus procesos, mediante el uso de herramientas y sistemas de IA que permitan una mayor eficiencia y rapidez en el análisis de la información.
  2. Mayor personalización: También se espera que la inteligencia artificial permita una mayor personalización de los servicios que ofrece la Agencia Tributaria, adaptándose mejor a las necesidades y particularidades de cada contribuyente.
  3. Mejora de la calidad de los datos: La inteligencia artificial puede ser utilizada para mejorar la calidad de los datos que se utilizan en la gestión tributaria, mediante técnicas de limpieza, normalización y enriquecimiento de datos.
  4. Detección temprana de irregularidades: La inteligencia artificial puede ser utilizada para la detección temprana de comportamientos sospechosos que puedan indicar la existencia de fraude fiscal, permitiendo a la Agencia Tributaria actuar con mayor rapidez y eficacia.
  5. Análisis predictivo: Se espera que la inteligencia artificial permita un análisis predictivo más preciso y sofisticado, permitiendo a la Agencia Tributaria anticiparse mejor a posibles problemas y tomar medidas preventivas.

El uso de la IA por parte de la Agencia Tributaria sí, pero…

Si les sorprende la cursiva empleada en los párrafos anteriores, debo aclararles que la misma obedece al más elemental deber de citar la fuente original. Y en este caso, la misma no es otra que la respuesta literal del tan en boga chat gpt (modelo de lenguaje generativo entrenado y diseñado para mantener conversaciones lo más naturales posibles) a la pregunta: “presente y futuro de la inteligencia artificial en la Agencia Tributaria”.

Como quiero pensar que todavía los seres humanos somos capaces de aportar algún factor diferencial frente a aquello que nos ofrecen las nuevas tecnologías, al menos en algo tan personal como un artículo de opinión, voy a tratar de aportar algunos ejemplos concretos de como la IA ha dejado de ser algo anecdótico, formando parte del quehacer cotidiano de la Agencia Tributaria.

En el ámbito de la asistencia al contribuyente, podemos hablar de los asistentes virtuales. El primero de ellos, configurado bajo la forma de un chatbot, fue creado con el fin de dar soporte a los contribuyentes en la gestión del suministro inmediato de información de IVA, reduciendo en un 85% las cuestiones que hasta ahora estaban siendo atendidas por personal de la Agencia Tributaria. Tras el mismo, su uso ya se ha generalizado en otros tributos como el IRPF, donde se ha implantado por primera vez en la presente campaña de renta.

Sin embargo, es probablemente en el marco de la lucha contra el fraude, donde el uso de la IA por parte de Hacienda más se ha intensificado de un tiempo a esta parte.

En este sentido, la detección de patrones sospechosos en el análisis de datos masivos (transacciones financieras, declaraciones tributarias…), permite orientar a los órganos de gestión e inspección tributaria hacia contribuyentes o sectores que presenten un mayor riesgo de evasión fiscal.

Asimismo, la IA puede ser empleada para analizar las redes sociales e identificar aquellos perfiles de obligados tributarios que podrían estar gastando más de lo razonable de acuerdo con sus ingresos declarados o que dicen residir en lugares que no coinciden con sus publicaciones.

En relación con esta última cuestión, por todos es conocido el caso de la cantante colombiana Shakira, a quien destaparon sus propios fans, etiquetándola por todos aquellos lugares en los que coincidían con ella, poniendo de manifiesto que se ubicaba en España mucho más tiempo que en otros países y, desde luego, que en las Islas Bahamas donde decía residir.

Pero desde luego, no es el único caso, habiendo permitido la tecnología a la Agencia Tributaria rescatar, sólo en 2021, 24,5 millones de euros defraudados al fisco por parte de 69 contribuyentes que se encontraban artificialmente localizados en casi una treintena de países, y para los que se había determinado que realmente tenían residencia efectiva en España.

Sin embargo, no crean que la IA es empleada por Hacienda solo con contribuyentes famosos o adinerados y no se sorprendan si en los datos fiscales necesarios para la confección de su declaración de la renta se encuentran mensajes de este tipo:

“De acuerdo con los datos de que dispone la Agencia Tributaria usted ha realizado anuncios de alquiler de inmuebles en diferentes medios publicitarios, incluido internet”.

O si, siendo titular de un negocio o sociedad, recibe una carta con el membrete de la Agencia Tributaria.

  • Comparando las ratios de su actividad con los habituales de su sector y advirtiéndole de la existencia de diferencias que podrían motivar el inicio de una comprobación, o
  • Informándole de que ha sido seleccionado, como si de un concurso se tratara, para ser sometido a un “especial seguimiento” por no resultar coherentes las cuantías declaradas en sus autoliquidaciones de IVA con los datos de los que dispone Hacienda en relación con sus cuentas bancarias, o
  • Comunicándole que cuenta con información de los vehículos de su propiedad y de aquellos de los que dispone mediante un contrato de leasing/renting, y advirtiéndole de las consecuencias tributarias de la cesión de su uso a trabajadores para fines particulares, prácticas todas ellas que no sólo a mi juicio, sino también al del Tribunal Supremo, resultan amenazantes y difícilmente compatibles con la presunción de inocencia.

El uso de la IA por parte de la Agencia Tributaria sí, pero…

Bajo mi punto de vista, un uso adecuado de la IA por parte de la Agencia Tributaria no puede más que contribuir a reforzar los servicios de ayuda al contribuyente, a fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y a perseguir el fraude fiscal. No obstante, es probable que a los más nostálgicos les cueste ver sólo las virtudes de la inevitable deshumanización de la Administración Pública, o a los más cautelosos les genere un profundo desasosiego el hecho de que los datos del todo confidenciales terminan en manos de personas que pueden verse tentadas a filtrarlos o venderlos, o que los sistemas de IA  también pueden ser vulnerables a amenazas de ciberseguridad, como ataques de hackers o robo de datos, lo que podría acarrear graves consecuencias para la privacidad y la seguridad de los contribuyentes.

En definitiva y pese a sus incuestionables bondades, el uso de la IA por parte de la Administración Tributaria plantea retos y genera riesgos en lo concerniente a cuestiones tales como la seguridad y la responsabilidad del tratamiento de los datos personales de los ciudadanos, la transparencia en la aplicación de algoritmos y sistemas de big data, la protección de los datos personales frente a usos delictivos o ciberataques, la rendición de cuentas respecto a la adopción de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de datos (incluyendo la elaboración de perfiles), y la posibilidad de incurrir en la aplicación masiva de sesgos y discriminaciones, tal y como refleja Nora Libertad Rodríguez Peña en su trabajo

“Big data e inteligencia artificial: una aproximación a los desafíos éticos y jurídicos de su implementación en las administraciones tributarias”.

En este sentido, resulta imprescindible la necesidad de regular el uso de la IA por la Administración Pública en general y Tributaria en particular, a fin de lograr que el mismo sea fiable, seguro, transparente y respetuoso con los derechos y garantías de los administrados.

ESCRITO POR:

Asesora fiscal senior del departamento de Asesoría y Canal Indirecto de Atisa

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