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Cómo se tendrán que adaptar las relaciones laborales al metaverso

Es muy posible que tú, querido lector, tengas más curiosidad que interés por ver qué pone en este artículo, porque la palabra «metaverso» apenas sabes qué significa, y te suena tan a ciencia ficción que consideras que forma parte de un futuro improbable. Y también es muy posible que más pronto que tarde esta nueva realidad -nunca mejor dicho- acabe llegando a tu día a día, y un texto como éste te acabe generando más interés que curiosidad.

El metaverso, por si no estás familiarizado con ello, es un mundo virtual al que las personas no solo se conectan, sino que se adentran en el mismo y lo recorren interactuando con otros usuarios. Con esta definición, es probable que en tu cabeza te venga la imagen de un videojuego, al estilo de Fortnite, donde tu personaje va recorriendo los diversos escenarios. Y no te encuentras desencaminado, pero en el metaverso no diriges un personaje para que cumpla una misión, sino que eres tú mismo, a través de tu avatar, el que recorre un mundo virtual interactuando y observando todo en primera persona. Y no hay escenarios predefinidos, sino que cada uno puede ir creando y construyendo lo que quiera mostrar -o vender- al resto de usuarios del metaverso.

Esto se consigue gracias a equipos con gafas de realidad virtual como las Oculus, que te permiten una experiencia inmersiva, y a las cuáles acabarán acompañando guantes y trajes hápticos que permitirán recrear en nuestro cuerpo sensaciones físicas de lo que le ocurre a tu avatar en el metaverso, muy en sintonía con lo mostrado en la serie Upload (2020, Greg Daniels). Y aunque por ahora los avatares se parecen más a los Sims que a nosotros mismos, ya tenemos aquí la tecnología necesaria gracias a Unreal Engine 5 para hacernos dudar de si lo que vemos es o no real, como si estuviésemos en la mismísima Matrix (1999, hermanas Wachowski).

Son muchas las compañías que están apostando por este concepto. Facebook, por ejemplo, ha llegado a cambiar el nombre de su empresa matriz por el de Meta, invirtiendo miles de millones en crear su metaverso Horizon Worlds. Epic Games, creadora de Fortnite, ha logrado también una ronda de inversión de cientos de millones por parte de Sony y KIRKBI (Lego) para el desarrollo de esta tecnología. Otras empresas tan dispares como Amazon, Metrovacesa, Nike, Coca Cola, Disney, Zara o BMW, ya están haciendo sus pinitos en esta tecnología, tanto para ofrecer servicios como para crear su propio metaverso. Porque sí, aún queda algo lejana la idea de un metaverso único al estilo de la genial Ready Player One (2018, Steven Spielberg), y a día de hoy debemos hacernos a la idea de que habrá muchos metaversos, y cada uno con su propia finalidad, estilo, funcionalidad, etc.

En el plano laboral, la creación de un metaverso dentro de la compañía es algo que no tardará en llegar. Sustituiremos las videollamadas a través de Teams por espacios virtuales donde nuestros avatares se reunirán e interactuarán reproduciendo las palabras y los gestos -cuidado con hacer un corte de mangas al jefe- que cada trabajador realice desde… bueno, desde donde esté. Porque el metaverso vive de internet y si algo caracteriza a la red de redes es que es capaz de unir a quienes están separados por cientos o miles de kilómetros.

Y con la deslocalización surgirá el primer reto en la esfera de las relaciones profesionales. Tenemos un Estatuto de los Trabajadores que aún se encuentra en el siglo XX, donde la movilidad geográfica internacional es una desconocida, y la contratación transfronteriza depende de normativa europea y acuerdos bilaterales que, con un contenido más bien escaso, están pensados para una prestación de servicios temporal.

Las compañías irán encontrando usos internos a estos metaversos, que podrán ir desde los procesos de selección de personal, hasta la oferta de beneficios sociales a la plantilla en donde el gimnasio físico se transforme por uno virtual en donde poder hacer desde casa ejercicios de fitness con los compañeros, sin necesidad de tener que aguantar el olor a su sudor o pasar la vergüenza de mostrar a los colegas un cuerpo que está muy lejos de estar tonificado -aunque nuestro avatar pueda lucir un aspecto atlético-.

Las compañías ya están vendiendo productos virtuales en el metaverso -ropa para los avatares, coches con los que recorrer el metaverso, conciertos digitales, etc.-, y cada vez queda menos para que en el mundo virtual se vendan bienes del mundo real. Una nueva realidad laboral surgirá cuando las compañías empiecen a desarrollar su negocio dentro del metaverso -o metaversos-, y la digitalización del servicio llegue al punto en el cual lo que antes se resolvía con una reunión, una llamada telefónica o un chat en la web, ahora deba de hacerse virtualmente interactuando entre avatares. Las compañías se verán en la necesidad de contratar en el mundo real a empleados que llevarán a cabo su actividad profesional en el mundo virtual. En ese momento, las relaciones laborales pasarán a otro nivel, y se producirá una disrupción en materia laboral para la que actualmente no estamos preparados. Será irrelevante la imagen que transmita una persona, pues la política corporativa de imagen y vestimenta deberá cumplirla el avatar. De hecho, cabrá plantearse si la compañía puede obligar a sus empleados a utilizar determinados avatares corporativos en detrimento de los avatares personales, los cuales cumplan con las condiciones y políticas internas de la empresa, ya no sólo para conseguir una cierta uniformidad en la forma de vestir, sino también para aparentar -aunque no sea real- una cierta imagen. Y ello puede implicar la selección para el avatar de la raza y color de piel, el aspecto físico, e incluso el sexo.

Al fin y al cabo, un empleado en el metaverso tendrá una función comercial, y en el salto al mundo digital lo que realmente se traslada es la personalidad y el comportamiento, pues lo demás es un conjunto de bits que se pueden alterar. Y ese comportamiento del empleado no es poca cosa, pues deberá cumplir con la política de conducta en las acciones que proyecta su avatar dentro del metaverso. Por ello, el régimen disciplinario también habrá de ser extendido al comportamiento que el avatar lleva a cabo, y que no deja de ser una proyección de lo que el empleado está haciendo desde el mundo real.

Porque no podemos obviar que, además, el control del empresario en el metaverso puede acabar siendo asumido por una IA (inteligencia artificial), cuyos algoritmos puedan alertar con mucha más facilidad acerca de lo que los avatares de los empleados están haciendo en el mundo digital…durante la jornada de trabajo. Y en este punto, también habrán de marcarse límites.

Perdurarán las obligaciones de trabajar y remunerar por el trabajo realizado, y una cuestión a tener en consideración será determinar en qué moneda se ha de abonar la retribución, especialmente si la empresa se ubica en un país, el trabajador en otro, y el metaverso en uno tercero distinto.

Las monedas virtuales pueden ser una opción en las transacciones del metaverso, pero en una relación laboral actualmente se considerarían salario en especie al no ser moneda de curso legal y, por tanto, estarían limitadas al 30% de la retribución total en nuestro país.

Y en un futuro, tal vez, nos acabemos planteando la posibilidad de contratar a un avatar, no a una persona. Actualmente se antoja imposible si pensamos en una relación laboral donde la prestación de servicios es personalísima, pero no parece tan lejano si obviamos las notas de dependencia y ajenidad, y lo que se contrata es un servicio por cuenta ajena. No importaría quién controla al avatar, sino que éste realice en el metaverso el trabajo que se le encomienda.

Si ya parecían difusas muchas veces las líneas que delimitaban la existencia o no de un falso autónomo, el metaverso no lo pondrá más fácil.

Son muchos y variados los retos que se van a presentar en nuestro camino ante los cambios que están por venir, pero hay algo que es inmutable: la lentitud de nuestro legislador para adaptarse a las nuevas realidades -tanto físicas como virtuales-.

ESCRITO POR:

Socio del Área Laboral de Selier Abogados

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